Comunicado: vigencia de la matrícula provincial

Reunión de la Mesa Interinstitucional
mayo 6, 2025
Comunicado: enfático rechazo al Proyecto de Ley Nacional
mayo 14, 2025
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Ante los anuncios del Ministerio de Salud de la Nación respecto a la implementación de una matrícula única, digital y nacional para profesionales de la salud, desde el Consejo Superior del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires informamos:

👉 Esta medida no modifica en absoluto la obligatoriedad ni la vigencia de la matrícula provincial para ejercer en la provincia de Buenos Aires.
La matrícula provincial, otorgada por este Colegio en el marco de la Ley 12.754, continúa siendo requisito legal e indispensable para ejercer la odontología en consultorios privados, clínicas, instituciones públicas o privadas, y cualquier otro ámbito dentro del territorio bonaerense.
🔎 El Decreto N.º 1641/2025 tiene aplicación exclusiva en hospitales e instituciones que dependen del Estado Nacional, como los ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otros territorios federales.

Por lo tanto:
✔️ Si un/a odontólogo/a trabaja únicamente en instituciones nacionales, puede requerirse la matrícula nacional.
✔️ Pero si ejerce en la provincia de Buenos Aires, debe tener vigente la matrícula provincial.
Reiteramos nuestro compromiso de defender el ejercicio profesional odontológico en el marco de la legislación vigente y de brindar información clara ante cualquier situación que genere confusión.

Consejo Superior
Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires